¿QUÉ ES LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD?
Despacho de 25 años de experiencia solucionando problemas económicos en quién puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, tanto a las personas físicas (familias) como a las personas jurídicas (negocios, empresas y autónomos).
Especialista en el sector desde hace más de una década, trabajando codo con codo con las personas a las que le hemos conseguido una segunda oportunidad en su vida.
Ayudando a miles de familias a conocer qué es la Ley de la Segunda Oportunidad para tratar de decir adiós a las llamadas insistentes, al miedo racional de perder sus casas o de arruinarse.
- Reducción de deuda desde el 50-100%
- Anulación de embargos
- Suspensión hipotecaria
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
ANDRÉS
¿QUÉ ES LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD?
Tengo una deuda de 50.000 euros
Hola ANDRÉS
RESPUESTA :
El legislador en 2015, estableció un mecanismo jurídico, con el fin de que los deudores por primera vez que fueran de buena fe y que reunieran ciertos requisitos, se podían acoger a una propuesta de pagos de forma extrajudicial, y para ello se nombraría un MEDIADOR CONCURSAL. Este controlaría este proceso y en el mismo se fijaba las deudas, clases de deudas , quienes eran los acreedores, y por último el deudor formalizaba un plan de pagos a los acreedores, pudiendo hacer una quita de un 85% , y una espera de 10 años para pagar la deuda. Es decir, tu deuda que señalas en 50.000 euros, se podía quedar en 7.500 euros, y a pagar a 10 años máximo.
En definitiva, con respecto a qué es la Ley de la Segunda Oportunidad, por medio de esta ley se le da una buena oportunidad al deudor, con el fin que pueda extinguir la totalidad de la deuda al declarar el Juez (pasivo insatisfecho), o bien parte de la deuda al llegar a un acuerdo con sus acreedores, por medio de un MEDIADOR CONCURSAL.
¿Cómo puedo acogerme a ella?
PABLO: pregunta
¿Cómo me puedo acoger a ella?
Hola PABLO
RESPUESTA :
En relación a quién puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, si eres deudor de buena, y tienes una cantidad de deudas que no puedes afrontar , y a la vez estás en un estado de insolvencia total, en ese caso si es la primera vez que te acoges, y no tienes ningún delito contra la Hacienda Pública, FALSEDAD, etc., sí puedes acogerte a ella, y puedes ver reducido tu deuda casi a la totalidad.
¿Resultados posibles?
LUCÍA
Cómo funciona el procedimiento, tengo deudas por valor de 65.000 euros.
Hola LUCÍA
RESPUESTA :
Para que pueda funcionar en tu caso la Ley de la Segunda Oportunidad, en un primer momento, tienes que mandarnos tus datos. Nosotros, por un precio de 100 euros al mes te hacemos todos los trámites, vamos al Notario para presentar el exp de plan de pagos extrajudicial, para que el fedatario público nombre un MEDIADOR CONCURSAL. Posteriormente, gestionamos con el Mediador y los acreedores tus deudas y la forma de pagarlas. En definitiva, si nos contratas, ya no te tienes que preocupar de nada. Nosotros, por un módico precio mensual, haremos que te extingan todas tus deudas, o bien la mayoría de ellas en quienes pueden acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
¿Se pueden extinguir mis deudas?
TERESA
Si es factible que se extinga mis deudas y los resultados que se prevén. Tengo deudas por valor de 60.000 euros y estoy en el paro desde hace un año
HOLA, TERESA
RESPUESTA :
Con respecto a quién puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, si eres una deudora que debes dinero a los acreedores , bancos , financieras , tarjetas de crédito etc. , si eres insolvente, y no has cometido ningún delito contra la Hacienda Pública, en ese caso te puedes acoger a esta Ley de la Segunda Oportunidad. Tu deuda asciende a 60.000, por lo que en tu caso
se puede ver reducida y se te puede quedar en un máximo 8.000 euros, o bien a la totalidad al declarar el Juez PASIVO INSATISFECHO. Este es el mejor escenario posible, porque con esta declaración judicial se podrá extinguir la totalidad de tu deuda , y empezar en tu vida nuevamente de cero. Por estas gestiones solo te cobramos 100 euros al mes.